Respuesta rápida
La Federación Internacional de Pádel (FIP) aprobó nuevos códigos en su 36.ª Asamblea General, celebrada en Madrid el 12 de octubre de 2026. Solo dos cambios son realmente nuevos:
- Pagar a la pareja queda prohibido. Un nuevo párrafo final del §4.8 del Código de Ética veta tanto pagar a la pareja como cobrar por jugar de pareja de alguien.
- Las multas ya no tienen límite. El Código de Disciplina anterior las topaba en 30.000 €. El de 2026 no cita ninguna cifra.
Parte de la prensa presentó otras cosas como novedades. No lo son. Ya estaban en el código anterior la tasa de apelación de 250 €, la facultad sobre los certificados médicos y la cláusula para sancionar conductas no tipificadas.
Última actualización: octubre de 2026 · Contrastado con los PDF aprobados por la FIP del Código de Ética, el Código de Disciplina y los Estatutos.
Ya no puedes comprar una pareja
No hemos encontrado ningún texto de la FIP que lo prohibiera antes del 12 de octubre. Un jugador podía elegir a su pareja y pagarle si ambos estaban de acuerdo.
Eso cambia. El Código de Ética aprobado añade un párrafo final sin numerar al §4.8:
"Dado que el pádel es un deporte que se practica en parejas, remunerar a la pareja, o recibir una remuneración para participar como pareja de un jugador en un torneo, pone en riesgo la integridad de las competiciones y la ética deportiva y, en consecuencia, dará lugar a sanciones disciplinarias."
Del texto se desprenden tres cosas:
- Cubre a las dos partes. Se nombra tanto a quien paga como a quien acepta el pago.
- La FIP lo plantea como integridad. La cláusula da una razón general y no menciona ningún incidente.
- La cláusula no fija la sanción. Solo dice que habrá sanciones.
El camino hacia la sanción pasa por el Código de Disciplina. El art. 11.1.m recoge el «Incumplimiento del Código Ético» como infracción muy grave. El art. 12 aporta el catálogo de sanciones y el art. 14.1 fija una prescripción de tres años para las infracciones muy graves.
El Código de Disciplina entra en vigor al día siguiente de su aprobación, o sea, el 13 de octubre de 2026. El Código de Ética no tiene fecha propia, así que esa fecha se deduce del código que lo acompaña.
La cláusula deja huecos. No define qué es una «remuneración». No dice si cuentan el reparto de premios, los honorarios de aparición que paga un torneo o los patrocinios. Esas dudas las resolverán los casos, no el texto.
El techo de las multas desaparece, y el suelo también
El Código de Disciplina anterior, aprobado en Acapulco el 28 de noviembre de 2025, fijaba límites expresos en el art. 12.2:
- Personas jurídicas: multas «no inferiores a 600 euros ni superiores a 30.000 euros».
- Personas físicas: «Multas hasta 30.000 euros».
Un borrador anterior de ese código iba más lejos y ponía un suelo de 3.000 € para las personas físicas.
El código aprobado en 2026 recoge solo «Multa» para ambos grupos. Si buscas «600», «3.000» o «30.000» en el texto, no aparece nada.
En la práctica, los órganos disciplinarios pueden fijar cualquier importe. No hay máximo y tampoco mínimo. La FIP no ha publicado el motivo del cambio, así que no sabemos cómo piensa usar esa libertad.
Para los jugadores, el catálogo del art. 12.2 va de la advertencia a la descalificación. El art. 12.2.p permite excluirlos de las competiciones de la FIP entre dos meses y cinco años.
Lo que no ha cambiado
Parte de la prensa citó varias novedades que los códigos anteriores de la FIP desmienten. Esta sección pesa tanto como las dos anteriores.
- La tasa de apelación de 250 € no es nueva. El art. 15.2 del código anterior, aprobado el 28 de noviembre de 2025, ya exigía «la tasa de recurso de € 250». El art. 19.1 la repetía. PadelSpain escribió que antes «era totalmente gratuito». No hemos encontrado ningún código anterior que lo respalde.
- La facultad sobre los certificados médicos no es nueva. Si un jugador presenta un certificado para justificar que no compite, los órganos disciplinarios pueden pedir más información o enviarlo a un médico externo. Esa frase aparece palabra por palabra en el art. 7.1 del código anterior.
- La cláusula residual no es nueva. El art. 2.2 permite a los órganos disciplinarios tratar cualquier conducta «contraria a los principios de fair play, lealtad e integridad» que ninguna norma específica cubra. Es idéntico en el código anterior.
- La retroactividad no es nueva. El §3 del Código de Ética aplica el código a conductas de cualquier fecha. También impide sancionar hechos que no eran infracción en su momento y penas superiores al máximo vigente entonces. El código de 2024 tiene las mismas tres garantías.
Varios medios, entre ellos PadelSpain y PadelHoy, presentaron el punto médico y la cláusula residual como cambios. Los textos primarios no lo respaldan.
Los cambios menores que sí son reales
Si comparas el Código de Disciplina de 2026 con el anterior, aparecen unos pocos cambios de procedimiento:
- Ranking al sancionar. El art. 6.2 añade un criterio nuevo. Si el infractor es jugador, se tiene en cuenta su posición en el ranking en el momento de imponer la sanción.
- Recursos más acotados. El art. 7.1 limita el recurso a lo que se alegó en primera instancia. Las cuestiones nuevas son inadmisibles, salvo que los hechos sean posteriores.
- Plazos estrictos. El mismo artículo declara los plazos procesales perentorios. Perder un plazo supone perder el derecho. Los festivos cuentan y un plazo que cae en domingo pasa al siguiente día hábil.
- Un nuevo juez de apelación. El art. 3.1 incorpora al «Juez Único de Apelación» como órgano de segunda instancia.
- Una condición de reembolso. El art. 15.2 dice ahora: «La tasa de apelación se reembolsará si el recurso tiene éxito.» El texto no dice con palabras que la tasa se pierde si el recurso fracasa. Eso se deduce, y el código calla sobre el éxito parcial o el desistimiento.
Adónde fue la manipulación de partidos
El Código de Ética anterior tenía un largo apartado 5 sobre cómo determinar una infracción de manipulación. Ya no existe. El apartado de «Competencia» sube y pasa a ser el 5.
El art. 4.11 es ahora una sola frase. Remite al «Código de la FIP para la Prevención de la Manipulación de Competiciones en vigor». Es un código aparte, que figura en la biblioteca de documentos de la FIP. El art. 4.4 añade la misma remisión, junto al reglamento antidopaje.
A quién obliga de verdad
No al jugador de club del domingo. El §2 del Código de Ética, «Destinatarios», cubre a miembros de federaciones y deportistas que compiten en actividades de la FIP. También a entrenadores, representantes, personal de apoyo y oficiales vinculados a sus eventos.
El Código de Disciplina alcanza el mismo ámbito. El art. 2.1 cubre las competiciones oficiales de la FIP, es decir, las del calendario FIP. También cubre infracciones «fuera de competición», una expresión que el código no define. El art. 2.5 nombra a las federaciones nacionales y a sus oficiales, jugadores, entrenadores y árbitros.
El art. 2.4 añade que la FIP «puede abstenerse de incoar procedimientos para casos con efectos únicamente a nivel nacional». Los asuntos puramente domésticos pueden quedar fuera. Si solo juegas ligas locales, la prohibición no va contigo. Que alcance un caso concreto dependerá de las ganas de la FIP de abrirlo.
El resto de la Asamblea
La 36.ª Asamblea General, celebrada en el Comité Olímpico Español de Madrid y presidida por Luigi Carraro, decidió además lo siguiente:
- 15 federaciones nuevas entraron, hasta sumar 115. La FIP las nombra: Afganistán, Angola, Bahamas, Barbados, Bielorrusia, Colombia, Libia, Mauricio, Namibia, Perú, Singapur, Sri Lanka, Tanzania, Uzbekistán y Zambia.
- Una FIP World League dará más partidos internacionales a las selecciones que no jueguen la FIP World Cup. La FIP dice que dará detalles más adelante.
- El pádel adaptado se declaró prioridad.
- Las normas de nacionalidad se debatieron y votaron. PadelSpain habla de apoyo casi unánime y dice que el cambio será para 2027. Es una dirección, no una norma escrita. Los Estatutos de 2026 no contienen ese endurecimiento y delegan la elegibilidad en otro instrumento.
Fuentes
Primarias, de la FIP (todas aprobadas el 12 de octubre de 2026, salvo indicación):
- Código de Ética 2026
- Código de Disciplina 2026
- Estatutos 2026
- Código de Disciplina anterior (28 de noviembre de 2025)
- Código de Ética anterior (28 de octubre de 2024)
- Nota de la FIP sobre la Asamblea General (13 de octubre de 2026)
Prensa:
